¿Quieres declarar el IVA en España?
Nos encargamos de todas las declaraciones relacionadas con el IVA, tales como declaraciones periódicas de IVA, el resumen anual del IVA, las declaraciones periódicas de operaciones intracomunitarias (ECSL), la declaración anual de operaciones con terceras personas o el INTRASTAT.
¿Qué tipos de IVA hay en España?
GENERAL: 21%
Para la mayoría de las entregas de bienes y prestación de servicios. Aplica para todos aquellos que no tengan expresamente indicado un tipo de IVA reducido o exento.
REDUCIDO: 10%
Aplica a determinados productos farmacéuticos, productos de protección e higiene femenina, determinados productos de alimentación/nutrición humana y animal, flores, edificaciones y viviendas, equipos médicos, servicios de hostelería, transporte de pasajeros bajo ciertas condiciones y espectáculos en vivo.
SUPERREDUCIDO: 4%
Aplica a libros, periódicos y revistas. Ciertos productos de alimentación básica, E-books y otras publicaciones tanto impresas como electrónicas, medicinas, y otros productos/servicios de carácter social/asistencial.
TIPO CERO Y/O EXENTO
Aplica a productos financieros, seguros y servicios médicos.
¿Con qué frecuencia se presentan las declaraciones de IVA?
MENSUAL
Si la facturación anual supera los 6 millones de euros.
TRIMESTRAL
La más habitual en España.
ANUAL
Los sujetos pasivos de IVA deben presentar la declaración anual de IVA (modelo 390), salvo excepciones.
Obligaciones de registro a efectos de IVA en España
En España no existe una cantidad a partir de la cual una empresa o negocio deba darse de alta o registrarse en la Agencia Tributaria. Por tanto, cualquier sujeto pasivo que realice operaciones sujetas a IVA en España deberá registrarse a efectos de IVA. El registro a efectos de IVA en España es normalmente requerido cuando se produce alguna de las siguientes situaciones:
- Importación de bienes en España.
- La compra y venta de bienes dentro de España si el vendedor y/o los clientes no están registrados a efectos de IVA en España (supuesto en que no aplica la inversión del sujeto pasivo o “reverse charge”).
- Determinadas adquisiciones intracomunitarias de bienes procedentes de otros estados miembros de la UE. Entregas intracomunitarias desde España a clientes situados en otros países de la UE.
- Ventas a distancia, a consumidores situados en España de forma online, internet, catálogo, por encima de los umbrales establecidos.
- Almacenar bienes/stock en España a través de almacenes o similares (Amazon Warehouses, por ejemplo).
- El cobro de entradas por asistencia y admisión a eventos en directo, ferias, conferencias que se celebran en territorio español.
Límites/Threshold
Límites/Threshold
Registro
NO
HAY LÍMITE
Establecidos
No
establecidos
Nombramiento de representante fiscal
Los empresarios establecidos en la Unión Europea que realicen operaciones sujetas al IVA en Península y Baleares no necesitan actuar a través de representante.
En el caso de los empresarios establecidos fuera de la Unión Europea, deben nombrar un representante con domicilio fiscal en España a efectos del cumplimiento de las obligaciones impuestas en la Ley 37/1992, del impuesto sobre el Valor Añadido, salvo que existan instrumentos de asistencia mutua análogos a los instituidos en la Comunidad (actualmente solo en Noruega).
Otra información relevante
Una vez que su negocio está registrado a efectos de IVA en España y dispone de su número de IVA Español, su negocio deberá empezar a seguir las reglas locales en determinadas situaciones. Esto implicaría:
Emitir facturas con los detalles requeridos por la legislación española
La factura electrónica es posible previo acuerdo con el destinatario en el que se garantice la firma y autenticidad de su contenido
Conservación de facturas y justificantes de las operaciones durante al menos 6 años, de conformidad con el Código de Comercio español